Ni los Monty Phyton en un terror de LSD serían capaces de imaginar un escenario mejor que el que vive nuestro panorama legislativo y político nacional. En el plano que nos ocupa, es ya natural la esquizofrenia latente en la producción legislativa; tanto, que ha acabado extendiéndose a todos los ámbitos. Haciéndonos la vida a todos un poco más difícil– abogados, en una lucha a cuchillo por la supervivencia; procuradores, llamados a extinguirse, fedatarios públicos, sometidos a continúa inseguridad jurídica, y donde los pocosjueces que puedan quedar en Berlín están ocupados moderando los efectos de los tumbos legisladores de nuestro querido poder ejecutivo.
Ya que es costumbre natural de este despacho luchar contra las mayores barrabasadas legislativas del panorama nacional – a la vez que aportar nuestro especial matiz al debate actual-; hoy, nos vemos obligados a tratar el impuesto al Sol. Creo que en alguna ocasión he tenido honor de hacer mención a aquella buena vecina gallega, que se dirigió al notario y dijo: “¿oiga, soy dueña del Sol, podría realizarme la escritura?; todos nos lo tomamos con ironía, pensando a qué nos podría llevar un día la malinterpretación del derecho. Vale, ahora el ministro Soria, es esa vecina.
Los buenos de Cayo, Ticio y Sempronio – ilustres romanos en todos los ejemplos del derecho- deben de estar revolviéndose en sus tumbas. El Sol, bien fuera del comercio, no se pude poseer, ni puede existir propiedad sobre él. Extendamos el razonamiento; definamos al Sol como propiedad, conforme al ordenamiento, está fuera de la esfera de toda posesión o sometimiento a cualquier clase de título; entonces, tenemos que el Sol es una propiedad que no puede tener dueño. Bien, sigamos con el barrio sésamo jurídico: ¿qué sería la energía del Sol?, un fruto de éste, de acuerdo, y a quién pertenece según nuestro Código Civil, al dueño. Pero… no habíamos dicho que el Sol no tenía dueño.
En otras palabras, -ya sean religiosos, agnósticos, ateos o sectarios- que baje Dios y reclame los frutos – o la correspondiente indemnización. Dicha energía, al ser fruto que deviene del Sol, pertenecería al dueño, o al menos a éste le correspondería percibir la indemnización por lo que a él le supone la privación de esa energía.
Entonces, si hemos entendido bien, al no tener dueño, los frutos tampoco lo tienen. Nadie puede reclamar los frutos, nadie puede reclamar la indemnización, nadie puede reclamar un precio por algo que lo que no es dueño y mucho menos por aquello que produce el bien. A estas alturas, queda suficientemente claro que la norma es contraria a toda doctrina desde que se descuartizaba al deudor para venderlo en trozos. No parece haberlo entendido así el poder ejecutivo, el cual, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, usa de excusa la regulación del autoconsumo para gravarlo. Pese a todo, estemos tranquilos, vienen las elecciones.
Este tipo de quimeras jurídicas suelen atarse en corto para el periodo electoral, donde el propio ejecutivo se las guarda -a sabiendas de la crítica popular y de su corta memoria-, esperando la reelección y un momento más oportuno. Pero, si al final cobra vida la creación esperpéntica del ministro Soria, nos veremos con un legislador más poseído –aún si cabe-, bajo el poder de un ejecutivo capaz de creerse suficiente para obtener poderes sobre bienes fuera de toda lógica sobre el dominio.
No deja de ser un escenario interesante – aparte de demencial- cuando el delirio jurídico de una vecina del Norte, pasa a ser parte del delirio del Ministro de Industria nacional. Supongo que a este paso, se gravará al más facha trasnochado por cantar el “cara al Sol”, o por respirar en determinadas zonas, o a los surfistas por aprovechar la energía cin…. Mejor me callo.